México.- La presa El Zapotillo, a pesar de que política y mediáticamente se le da el nombre de “proyecto”, está siendo construida en total ilegalidad. El pasado lunes pobladores de Temacapulín, cansados de la situación de injusticia en la que viven desde hace cinco años, decidieron parar la obra de construcción de la presa. La gente de Temacapulín ha decidido tomar en sus manos la suspensión judicial después de que ninguna autoridad ha hecho caso a las distintas resoluciones que han emitido varios tribunales para detener la construcción y de los exhortos que ha realizado el Congreso local y federal para la suspensión definitiva de la obra. A la impunidad que se vive podemos añadirle la ilegalidad con la que fue construido el nuevo centro de población de
Temacapulín en Talicoyunque.
Temacapulín en Talicoyunque.
Desde la vía legal se ha desarrollado una batalla muy importante que ha dado varios frutos, los cuales, sin embargo, parecen nulos ante tanta corrupción y desacatos en los que han incurrido los diferentes niveles de gobierno en el caso Temaca. Desde las instancias legales son varias las razones por las cuales no se debe construir la presa El Zapotillo.
1) En el 2006 el proyecto de presa de El Zapotillo obtuvo la autorización en materia de impacto ambiental (131/06) para la construcción de una cortina de 80 metros. Posteriormente, el proyecto fue modificado a una altura de 105 metros. De acuerdo con la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), el aumento en la altura de la cortina no modificaba los impactos ambientales en flora y fauna. Sin embargo, socialmente el impacto sería diferente, con una altura en la cortina de 80 metros, inundarían los pueblos de Acasico y Palmarejo y con una cortina de 105 metros quedaría también bajo las aguas Temacapulín. Parece ser que al gobierno estatal y federal a través de sus instituciones les da lo mismo inundar dos o tres pueblos. A esta situación se tiene que agregar el hecho de que para la construcción de la cortina a 105 metros no existe cambio de permiso de uso de suelo por parte del municipio de Cañadas de Obregón.
2) Desde el 2009 existe una sentencia de amparo (2245/2008) que cubre y protege a los habitantes de Temacapulín y Acasico, en donde se ordena a la Semarnat, a la Conagua y a la Comisión Estatal de Agua de Jalisco (CEA), la suspensión de la obra y se les concede la razón a la gente de Temacapulín.
3) La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ), el 21 de diciembre de 2009, emitió una recomendación en donde argumenta claramente que se han violado garantías constitucionales, tales como el derecho a la legalidad y a la seguridad jurídica; a la propiedad y a la vivienda; a la conservación del medio ambiente; al patrimonio histórico y cultural propiedad de la nación; así como al desarrollo y a la salud. En esta recomendación la CEDHJ solicita al gobierno de Jalisco que se suspenda la obra y que se hagan los estudios alternativos a la construcción.
4) La Quinta Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del estado de Jalisco, el 15 de diciembre de 2009 (expediente 319/2009), concedió la suspensión provisional de las obras relativas al Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Temacapulín. Las autoridades demandadas eran la CEA, la Secretaría de Desarrollo Urbano de Jalisco y el ayuntamiento de Cañadas de Obregón, quienes a pesar de la suspensión decretada, permitieron la construcción del centro de población en Talicoyunque. Ante esta situación de desacato el lunes 8 de noviembre de 2010, los habitantes de Temacapulín clausuraron simbólicamente el “nuevo Temacapulín”.
5) En relación a este mismo desacato, el Tribunal Administrativo del Estado de Jalisco de acuerdo al juicio V-319/009, solicitó a la PGJ de Jalisco el procedimiento contra el desacato contra la Secretaría de Desarrollo Urbano, la CEA y el ayuntamiento de Cañadas de Obregón por violar la suspensión que impide edificar el nuevo centro de población.
6) El 31 de enero de este año el Juzgado Primero de Distrito Auxiliar, bajo una sentencia a favor de los habitantes de Temacapulín, ordenó a la Conagua el cese inmediato de la construcción de la presa. Actualmente, bajo esta resolución, la Conagua opera en total desacato y dentro de la ilegalidad. La construcción de El Zapotillo, de acuerdo a esta sentencia viola garantías de legalidad, medio ambiente sano, seguridad jurídica, audiencia, propiedad privada y a recibir información completa y oportuna.
7) El pasado 7 y 8 de enero de 2011, los habitantes de Temacapulín, en un ejercicio de democracia, llevaron a cabo la Consulta comunitaria y de buena fe, en donde se hicieron cuatro preguntas: ¿Estás de acuerdo con la construcción de la presa El Zapotillo? ¿Estás dispuesto a ser desplazado de tu hogar en Temacapulín para ser reubicado en un lugar diferente? ¿Fuiste consultado y tomado en cuenta antes de que iniciara la presa El Zapotillo? ¿Estás dispuesto a seguir luchando por Temacapulín y su desarrollo? Entre originarios, avecindados y dependientes votaron un total de 649 personas. El 98 por ciento dijo “no a la presa” y que no querían ser desplazados. Los resultados de la consulta reflejaron que la gente está dispuesta a seguir luchando por su pueblo. Con este ejercicio democrático quedó de manifiesto la necesidad que tienen los habitantes de Temacapulín de ser consultados, cosa que desde ninguna instancia oficialmente se ha realizado. Con lo cual se está violando el derecho a ser consultados y tomados en cuenta como ciudadanos.
Paradójicamente, a razón de la toma de la presa por habitantes de Temacapulín, la Conagua a través del comunicado de prensa 087-11, del día 29 de marzo, está amenazando con impulsar acciones legales en contra de quienes resulten responsables por la invasión a terrenos federales, pues se violenta el Estado de derecho de lo que según ellos es uno de los proyectos más importantes de abastecimiento de agua potable. Ante esta situación la pregunta más apremiante es: ¿quién está violando el Estado de derecho, los opositores o la Comisión Nacional del Agua?
LAURA FLORES
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