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jueves, 23 de septiembre de 2010

“Blindan” a CFE para cortar luz


MEDIDAS. Ministros de la Suprema Corte cancelaron uno de
 los medios jurídicos con los que contaba la población
 para defenderse de cobros excesivos de luz
 y frenar la suspensión del servicio eléctrico
La Suprema Corte de Justicia de la Nación blindó a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en contra de las inconformidades que se generen en los próximos días entre la población, por los cortes de luz que haga debido a la falta de pago del servicio que brinda.

Los ministros emitieron un par de tesis con base en las cuales determinaron que el corte o suspensión del fluido de energía eléctrica contratado con la CFE, por falta de pago oportuno, no puede ser impugnado mediante un juicio de amparo.

Con esta decisión cancelaron uno de los medios jurídicos con los que contaban los particulares y las empresas para defenderse de los cobros excesivos de luz y frenar la suspensión del servicio.

De enero a julio de 2010, la Procuraduría Federal del Consumidor recibió 5 mil 332 quejas por cobros indebidos, en contra de la CFE.

Para blindar a la CFE los ministros dieron marcha atrás a una serie de criterios que había emitido la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia desde 2000, en el sentido de que bastaba el recibo de la luz, con el aviso de la inminente suspensión del servicio, para poder tramitar un juicio de amparo.

En al menos tres ocasiones (2000, 2002 y 2004) los ministros de la Segunda Sala habían emitido tesis que garantizaban que cualquier usuario del servicio de la CFE pudiera ampararse ante los posibles cortes de luz, principalmente, generados por la falta de pago ante cobros excesivos del servicio.

En días recientes, los ministros aprobaron dos tesis, derivadas de la contradicción 318/2009, en las que resolvieron que “de una nueva reflexión, esta Segunda Sala concluye que el corte o suspensión del fluido de energía eléctrica contratado, por falta de pago oportuno, no puede ser considerado, por esa sola circunstancia, un acto de autoridad para los efectos del juicio de amparo”.

Convenios de pagos
Entrevistado en torno a este tema en el programa Código —un producción de ********************************** que se transmite los domingos— Enrique Vargas Nieto, coordinador comercial de la CFE, explicó que hay varios pasos previos antes de que se decida cortarle el servicio de energía eléctrica a algún usuario del país.

Cuando una persona acude a realizar una aclaración en torno a su recibo, dijo el coordinador, “el corte queda suspendido hasta que hay una determinación de cuál es la situación del servicio. Ésta se comunica al cliente y volvemos a otorgar un plazo para que con base en lo que ahí se determine se pueda proceder al pago”.

Vargas Nieto precisó que cuando hay adeudos acumulados pueden establecer un convenio de pago para dar una mayor oportunidad de que se pongan al corriente.

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